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Implementación de la semana laboral de 40 horas en México

Iniciativa del Ejecutivo Federal y fechas clave

El pasado 3 de diciembre de 2025, fue presentada ante la Cámara de Senadores una iniciativa del Ejecutivo Federal en materia de jornada laboral. Entre sus aspectos más relevantes, la propuesta contempla una reducción gradual de la jornada semanal de trabajo hasta alcanzar las 40 horas en el año 2030, manteniéndose sin cambios los límites máximos de la jornada diaria y prohibiendo expresamente cualquier disminución de sueldos o prestaciones.

Este ajuste se plantea de manera progresiva, con el objetivo de permitir que los centros de trabajo cuenten con el tiempo necesario para adecuar sus procesos operativos, esquemas de organización interna y modelos de productividad.

Reducción gradual de la jornada laboral en México

La iniciativa propone una implementación escalonada de la jornada laboral de 40 horas, lo que busca generar una transición ordenada para los empleadores. El enfoque gradual reconoce la necesidad de ajustes internos en la operación de los centros de trabajo, sin afectar las condiciones laborales existentes ni los derechos adquiridos de los trabajadores.

Trabajo extraordinario y nuevas reglas sobre horas extra

En materia de trabajo extraordinario, la iniciativa prevé un incremento gradual en el número de horas extras permitidas, aunque bajo un esquema de regulación más estricta. El pago de las horas extraordinarias se mantendría con un incremento del 100% sobre el salario, mientras que aquellas que excedan el límite semanal permitido deberán pagarse con un 200% adicional.

Asimismo, se establece que la suma de la jornada ordinaria y extraordinaria no podrá exceder de 12 horas en un mismo día, reforzando los límites máximos de trabajo diario.

Distribución flexible de la jornada laboral

De acuerdo con lo planteado, la iniciativa abre la posibilidad de que la distribución de la jornada laboral sea pactada de común acuerdo entre las partes, permitiendo la adopción de esquemas más flexibles de organización del tiempo de trabajo. Estos acuerdos deberán quedar debidamente documentados, como condición para su validez y correcta implementación.

Nuevo deber patronal: registro electrónico de jornada

Adicionalmente, la propuesta incorpora un nuevo deber patronal, consistente en la obligación de llevar un registro electrónico de la hora de entrada y salida de cada trabajador. Dicho registro deberá ser entregado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuando así lo requiera.

Es importante precisar que la iniciativa no prevé, al menos en su redacción actual, la obligación de registrar los periodos de descanso para la toma de alimentos, limitándose el deber patronal al control de los horarios de inicio y término de la jornada. La autoridad laboral será la encargada de emitir las disposiciones generales, lineamientos técnicos y posibles excepciones necesarias para la correcta implementación de estos sistemas de control.

Entrada en vigor y calendario de implementación

La reforma prevé que su entrada en vigor sea el 1 de mayo de 2026, estableciéndose un periodo de ajuste administrativo que concluirá el 31 de diciembre de 2026, durante el cual los centros de trabajo deberán adecuar sus sistemas, políticas internas y esquemas de organización para el cumplimiento de las nuevas disposiciones.

No obstante, al tratarse de una reforma constitucional, deberá seguir el proceso legislativo correspondiente, por lo que la primera reducción efectiva de la jornada laboral se aplicará a partir del 1 de enero de 2027.

Seguimiento al proceso legislativo y consideraciones prácticas

Nuestro equipo se mantiene atento a la evolución de este proceso legislativo y continuará analizando su alcance e implicaciones prácticas para los centros de trabajo, particularmente en materia de cumplimiento laboral, organización interna y planeación operativa.